Especialistas en IVA, Aduanas, RAP y Fiscalidad medioambiental Specialists in Spanish VAT, Customs, EPR and Environmental Tax

El 17 de octubre de 2025 se publicó en el DOUE el Reglamento (UE) 2025/2083, que simplifica y refuerza el Mecanismo de Ajuste en Frontera por Carbono (CBAM). Este nuevo marco redefine quién debe solicitar ser declarante autorizado CBAM y qué importaciones quedarán exentas por el nuevo umbral de minimis.

En paralelo, el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO), a través de la Oficina Española de Cambio Climático (OECC), ha publicado el procedimiento para solicitar como declarante autorizado.

Desde VAT Green Tax, asesores especializados en IVA, aduanas y fiscalidad medioambiental, asesoramos a nuestros clientes en aplicar correctamente estas obligaciones y optimizar el cumplimiento normativo.

Principales cambios del Reglamento (UE) 2025/2083

1. Umbral único de minimis: 50 toneladas anuales.

Desde el 1 de enero de 2026, los importadores que no superen 50 toneladas netas al año, sumando todos los códigos NC de hierro, acero, aluminio, fertilizantes y cemento, estarán exentos de las principales obligaciones CBAM.
La Guía CBAM confirma que este umbral es revisable y se aplicará por importador y año natural.

2. Solo puede importar quien sea declarante autorizado.

A partir de esa fecha, solo los declarantes autorizados CBAM (el importador o su representante aduanero indirecto, RAI) podrán realizar importaciones de mercancías CBAM.

Excepción: si la solicitud se presenta antes del 31 de marzo de 2026, se permite seguir importando hasta que la autoridad competente resuelva.

Importadores no establecidos: deben actuar siempre mediante un RAI establecido en la UE, que será quien asuma todas las obligaciones CBAM.

3. Declaración anual CBAM y calendario

El declarante autorizado deberá presentar una declaración anual con las emisiones implícitas antes del 30 de septiembre del año siguiente a la importación (la primera en 2027, por las importaciones de 2026).

4. Certificados CBAM: compra, tenencia y recompra

  • La recompra de certificados no utilizados podrá hacerse hasta el 31 de octubre.
  • La tenencia mínima trimestral se reduce al 50 % de las emisiones acumuladas desde enero.

5. Precio de carbono pagado en origen

Si se acredita un precio por carbono pagado en el país de origen, puede reducirse el número de certificados CBAM que deben entregarse.

6. Cálculo de emisiones

La declaración se basará en valores reales verificados o en valores por defecto establecidos por la Comisión, según los métodos definidos en la normativa.

Procedimiento oficial para solicitar el estado de declarante autorizado

Según la Guía CBAM (octubre 2025), el proceso de solicitud en España se realiza íntegramente de forma electrónica a través del Registro CBAM de la Comisión Europea .

1. Requisitos previos (entre otros)

  • Estar establecido en España (persona física o jurídica).
  • Disponer de un número EORI válido emitido por la AEAT.
  • Contar con certificado electrónico en vigor vinculado al EORI.

2. Pasos para realizar la solicitud

La solicitud del estado de declarante autorizado CBAM se realiza en el Registro CBAM, accediendo con certificado electrónico y seleccionando “Operador económico – España”.

El formulario consta de tres secciones:

  • Datos del solicitante (y del representante, si aplica).
  • Actividad e importaciones CBAM (sectores, códigos NC y volúmenes).
  • Información financiera y operativa.

Debe aportarse:

  • Certificado AEAT de estar al corriente,
  • Declaración jurada sin infracciones graves,
  • Cuentas o plan de solvencia,
  • Estimación de importaciones.

La Autoridad Nacional Competente (MITECO) dispone de 120 días para resolver la solicitud.

3. Modificación o retirada de solicitudes

El MITECO aclara que puede modificarse o retirarse una solicitud ya presentada antes de su resolución. Los ajustes automáticos se gestionan desde el propio Registro CBAM y las notificaciones se reciben electrónicamente.

Preparación para el 1 de enero de 2026

Checklist básico:

  • Calcula tu masa anual total (50 t umbral).
  • Cálcula el impacto económico del CBAM.
  • Define si actuarás como importador-declarante o mediante RAI.
  • Solicita la autorización CBAM antes del 31/03/2026.
  • Organiza la trazabilidad de datos de emisiones.
  • Planifica la compra y tenencia de certificados.
  • Prepara la declaración anual CBAM y guarda evidencia de precios de carbono pagados.
  • Analiza, desde el punto de vista aduanero, la aplicación de regímenes aduaneros que puedan reducir o mitigar el CBAM.

Asesoramiento profesional en CBAM 2025

En VAT Green Tax te ayudamos a:

  • Evaluar si superas el umbral de 50 toneladas.
  • Tramitar la autorización CBAM en el Registro.
  • Preparar la documentación y cálculo económico.
  • Diseñar tus procedimientos de seguimiento de emisiones y tu declaración anual.
  • Asesoramiento aduanero.

📄 Descarga aquí la Guía oficial del MITECO (octubre 2025) para conocer todos los pasos y requisitos con detalle.

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