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El Suministro Inmediato de Información (SII) es el sistema que obliga a determinadas empresas a remitir electrónicamente a la Agencia Tributaria los registros de facturación en un plazo muy reducido, como regla general, 4 días desde la emisión o el registro contable de la factura recibida. El incumplimiento de esta obligación puede acarrear importantes sanciones económicas y, además, afectar a la deducibilidad del IVA soportado.

Empresas obligadas al SII

Están obligadas a presentar los libros de registro de IVA a través del SII, entre otras:

  • Empresas con facturación anual superior a 6 millones de euros.
  • Empresas inscritas en el Régimen de Devolución Mensual (REDEME).
  • Grupos de IVA.
  • Aquellas que lo soliciten de forma voluntaria.

Tipos de infracciones y sanciones según la Ley General Tributaria

El artículo 200 de la Ley General Tributaria establece tres tipos de infracciones relacionadas con la llevanza de libros y registros a través del SII:

1. Inexactitud u omisión de operaciones contables o de registro

Multa del 1 % de los cargos, abonos o anotaciones omitidos o inexactos.

  • Mínimo: 150 €
  • Máximo: 6.000 €

Ejemplo: registrar una factura con importe o NIF incorrecto y no subsanarlo.

2. Incumplimiento de la obligación de llevar o conservar contabilidad y registros

Multa proporcional del 1 % de la cifra de negocios del ejercicio afectado. Se podría incrementar al doble si se considera incumplimiento sustancial.

  • Mínimo: 600 €

Ejemplo: no conservar los libros registro o no llevarlos en la forma exigida por la normativa.

3. Retraso en la llevanza de los libros de registro

Multa proporcional del 0,5 % del importe de la factura objeto del registro fuera de plazo.

  • Mínimo : 300 €
  • Máximo 6.000 €

Ejemplo: enviar al SII una factura recibida varios meses después de su emisión.

Impacto en la deducibilidad del IVA

Las sanciones no son el único riesgo. Un retraso o error en el SII puede provocar que la AEAT rechace la deducción del IVA soportado en el periodo declarado.

Casos frecuentes:

  • Factura recibida pero no registrada en el SII en plazo → el IVA puede no ser deducible hasta el periodo en que se subsane.
  • Datos erróneos en la factura registrada → la deducción puede ser cuestionada si no se corrige.
  • Falta de concordancia entre lo declarado en la Autoliquidación del IVA (modelo 303) y los registros del SII → aumenta el riesgo de comprobación e inspección.

Recomendaciones para evitar sanciones y proteger la deducción del IVA

  1. Automatizar el envío al SII para cumplir plazos y evitar errores manuales.
  2. Establecer controles internos para verificar los datos antes de enviarlos. Una auditoria anual como mínimo.
  3. Corregir errores de forma inmediata mediante registros rectificativos.
  4. Formar a los departamentos involucrados en la normativa del SII y plazos de presentación.
  5. Conservar toda la documentación que justifique las operaciones declaradas.

¿Cómo ayudamos a nuestros clientes con el SII?

En VAT & GREEN TAX ayudamos a empresas sujetas al SII a:

  • Parametrizar las distintas tipologías de operaciones, ya que, cada uno requiere una codificación específica.
  • Revisar y corregir registros para evitar sanciones.
  • Defender la deducción del IVA ante comprobaciones.
  • Coordinar la gestión del SII con la planificación fiscal y de tesorería, a través de los distintos regímenes del IVA.

Si crees que es de tu interés, escribe a hola@vatgreentax.com o llama al 673045233