El IVA en Francia (TVA) 2026 exige un cumplimiento preciso en registro de IVA, facturación y e-invoicing. Esta guía práctica de VAT Green Tax explica paso a paso cómo registrarte correctamente, declarar tus operaciones y adaptarte al sistema fiscal francés. Está especialmente pensada para empresas españolas que operan o desean vender en el mercado francés y expandir su negocio dentro de la Unión Europea.
El mercado francés sigue siendo estratégico para cualquier empresa que busque crecimiento internacional. Su proximidad a España, su tamaño económico y su influencia en Europa lo convierten en uno de los destinos más atractivos para negocios B2B y B2C. Entender las obligaciones del IVA francés (TVA) es clave para evitar sanciones y optimizar la gestión fiscal.
Cualquier empresa que quiera establecer operaciones comerciales en Francia debe conocer y cumplir un conjunto amplio de obligaciones fiscales relacionadas con el IVA (TVA). Estas incluyen registros de impuestos, emisión de facturas, declaración de impuestos, pagos y adaptación a la autoliquidación del IVA en importaciones, así como las obligaciones intracomunitarias como DEB, DES y EMEBI. También es importante comprender las reglas de inversión del sujeto pasivo, los regímenes especiales aplicables y las principales novedades del año 2026.
En VAT Green Tax, somos expertos en IVA y fiscalidad internacional, y acompañamos a las empresas españolas en todo el ciclo de cumplimiento en Francia. Nuestro objetivo es ayudarte a entender las obligaciones legales, optimizar la declaración de IVA y garantizar que tu negocio cumpla correctamente con la normativa francesa, evitando errores costosos y sanciones.
Qué es el IVA en Francia y tipos aplicables
Naturaleza del IVA (TVA)
El Impuesto general al consumo francés, como cualquier IVA europeo, grava tres grandes bloques de operaciones:
- Las entregas de bienes y prestaciones de servicios,
- Las importaciones y
- Las adquisiciones intracomunitarias.
Esta estructura responde a la armonización europea (Directiva del IVA) y se concreta en el Code Général des Impôts. Es el primer aspecto a plantearse si se realizan operaciones en Francia, ya que, según dónde se localice cada operación y quién sea el sujeto pasivo, varían las obligaciones que tendrá que cumplir tu empresa (registro, facturación, declaraciones, pagos).
Tipos impositivos
A la hora de planificar márgenes y precios, tu empresa debe conocer los tipos aplicables en el país:
- Tipo general: 20 %.
- Tipo intermedio: 10 % (restauración, obras de renovación en viviendas, alojamiento turístico, etc.).
- Tipo reducido: 5,5 % (alimentos, libros, prensa, determinados medicamentos, transporte de viajeros, entradas culturales, etc.).
- Tipo superreducido: 2,1 % (prensa y algunos medicamentos).
No todas las actividades tributan igual. Identificar el tipo correcto desde el principio evita rectificaciones, sanciones y problemas con clientes y proveedores.
Quién debe registrarse a efectos de IVA en Francia
Sujetos pasivos nacionales
Las empresas establecidas que realizan operaciones interiores (entregas de bienes o prestaciones de servicios localizados en Francia) deben cumplir con la obligación de registro. Puede resultar aplicable la exención para pequeñas empresas (PyME) si se cumplen ciertos umbrales.
Sujetos pasivos extranjeros (UE y terceros países)
Si no estás establecido en Francia no existe un “umbral de cortesía”, por lo que deberás registrarte en cuanto realices operaciones sujetas al IVA francés. Por ejemplo:
- Ventas nacionales no cubiertas por OSS,
- Ventas a distancia a consumidores franceses que superan el umbral UE,
- Adquisiciones intracomunitarias con llegada efectiva en Francia,
- Importaciones por Francia,
- Servicios localizados en Francia (por reglas de localización o uso y disfrute),
- Subcontratación de obras de construcción, entre otros.
- Organización de eventos en Francia.
- Exportaciones.
- Entregas intracomunitarias.
Dependiendo de las características de tu empresa, tendrás que tramitar el registro de una manera u otra:
- Empresas UE: registro directo o a través de un agente.
- Empresas de terceros países: requieren representante fiscal acreditado.
Los plazos de obtención del NIF-IVA pueden tardar desde varios días hasta 8 semanas. Conviene planificarlo con antelación.
Grupo de IVA y consolidación
Grupo de IVA (assujetti unique)
Francia permite que entidades establecidas formen un grupo de IVA. A efectos del impuesto, el grupo actúa como un único sujeto pasivo, simplificando los flujos internos (no se genera IVA entre miembros) y facilitando la gestión de deducciones.
Consolidación del IVA
Permite compensar deudas y créditos de IVA dentro de un perímetro con requisitos (adscripción a DGE, control ≥ 50 %, mismo periodo contable y declaraciones mensuales). Bien diseñada, mejora la tesorería del grupo y evita saldos innecesarios.
Operaciones imponibles y reglas de localización
Casuística habitual
- TOGC: transmisión de empresa en funcionamiento, no sujeta a IVA.
- Entregas gratuitas y promociones: se permiten regalos de escaso valor (hasta 73 € por objeto en 2025) y muestras bajo condiciones.
Importaciones
Desde el 01/01/2022 existe la obligación de diferir el IVA a la importación (autoliquidación en CA3, sin pago en aduana).
Ventas a distancia y OSS
Con clientes B2C, el umbral armonizado es 10.000 €. Por encima, se tributa al tipo del país de destino (Francia), aunque puedes centralizarlo mediante el régimen OSS.
Triangulación simplificada
La simplificación existe, pero difiere de otros países de la UE. No se aplica si el intermediario está identificado en varios Estados miembros para esa misma operación. Conviene revisarlo en detalla, ya que, existe jurisprudencia comunitaria que contradice esta norma.
Adquisiciones intracomunitarias
Para personas jurídicas no sujetos pasivas y agricultores, rige un umbral de 10.000 € anuales.
Regla de uso y disfrute
En Francia, si los servicios se usan o disfrutan en el país, se localizan allí, incluso si el prestador está fuera (transportes, arrendamientos, servicios electrónicos, etc.).
Hecho imponible, exigibilidad y base imponible IVA Francia
Devengo (principios generales)
El IVA se devenga:
- En bienes, al transferir el poder de disposición.
- En servicios, al realizar la prestación.
- En anticipos, al cobrarlos.
- En suministros continuos, al cierre del periodo.
- En contabilidad de caja, al cobro.
Ajustes de base
Posibles en casos de créditos incobrables, descuentos financieros o envases retornables facturados aparte.
Deducciones, restricciones y devoluciones
IVA no deducible
Entre las exclusiones más frecuentes:
- Bienes/servicios de uso no empresarial >90 %.
- Vehículos de transporte de personas.
- Entregas gratuitas o precio simbólico.
- Productos petrolíferos (con matices).
Exceso de IVA soportado
Puedes compensarlo o solicitar devolución.
Devoluciones de IVA francés.
Como expertos en recuperación de IVA, asesoramos y asistimos a nuestros clientes en la recuperación del IVA francés. Nos ocupamos de todo el proceso, desde la revisión hasta la devolución. Los plazos normalmente para las entidades europeas es el 30 de septiembre del año siguiente de soportar el IVA.
Inversión del sujeto pasivo y responsabilidad
Reverse charge general
Si no estás establecido en Francia y vendes a un cliente registrado, éste autoliquidará el IVA. Debes indicar en factura la mención correspondiente.
Inversiones internas específicas
Aplicable en sectores de alto riesgo (reciclaje, oro, CO₂, energía, telecomunicaciones, servicios inmobiliarios, etc.).
Responsabilidad solidaria
Pueden responder solidariamente los miembros de un grupo de IVA, representantes fiscales y clientes que participen en fraudes.
Obligaciones de facturación
Contenido mínimo y menciones
Las facturas deben incluir fecha, numeración, NIF-IVA, identificación, descripción, base imponible, tipo, cuota y menciones específicas.
Desde el 01/09/2026, con la entrada del e-invoicing, se añadirán campos como el SIREN, dirección de entrega y mención “IVA sobre débitos”.
Plazos y periodicidad
Debe emitirse la factura al entregar el bien o prestar el servicio (máximo día 15 del mes siguiente para operaciones intracomunitarias).
Moneda y tipo de cambio
Puede facturarse en divisa distinta al EUR, pero el IVA debe expresarse en euros (tipo BCE del día del devengo).
Autofacturación
Válida bajo mandato expreso con la mención “factura emitida por A en nombre y por cuenta de B”.
Facturas simplificadas
Permitidas hasta 150 € (sin IVA), con dispensas específicas.
Conservación
Obligatoria durante 6 años (10 para servicios electrónicos).
Declaraciones, pagos y obligaciones formales
Declaración y pago del IVA (CA3)
Periodicidad mensual (o trimestral si la cuota anual <4.000 €).
Declaración y pago electrónicos entre el día 21 y 24 del mes siguiente.
Listados recapitulativos (EC Sales Listing), DES y EMEBI
- EC Sales Listing: mensual, plazo 10.º día hábil.
- DES: mensual, sin umbral mínimo.
- EMEBI: declaración estadística a requerimiento de Aduanas.
Plazo de prescripción
General de 3 años (ejercicio 2025 prescribe en 2028).
Sanciones e intereses
- Registro tardío: 5–10 %.
- Falta de presentación: 10–80 %.
- Falta de pago: 5 % + 0,2 % mensual.
- Errores: 5–10 %.
Recomendaciones prácticas para empresas españolas
- Analiza adecuadamente tus operaciones para determinar si estás obligado a registrarte en Francia.
- Adecua tu ERP y facturación electrónica para 2026–2027.
- Separa correctamente operaciones intracomunitarias y domésticas.
- Controla deducciones (vehículos, alojamientos, carburantes).
- Prepara pruebas de entrega y libros de auditoría.
- Recupera el IVA soportado.
Novedades clave en el ejercicio 2025
Umbral PyME y exención nacional
Desde marzo de 2025, rige un umbral único de 25.000 € para la exención de IVA y sistema simplificado. Se gestiona en el portal Guichet unique (formalites.entreprises.gouv.fr).
Representación y mandataire de importación
Las empresas de terceros países necesitan representante fiscal o mandataire acreditado. Este último actúa bajo mandato con su número de IVA global.
E-invoicing y e-reporting
- 01/09/2026: recepción obligatoria y emisión para grandes empresas.
- 01/09/2027: emisión obligatoria para pymes.
Canal: Plataformas Privadas Registradas (PDP).
Cumplir con las obligaciones derivadas del IVA en Francia no tiene por qué ser complicado si sigues un orden lógico:
registrarte cuando proceda, facturar correctamente, declarar y pagar en plazo (CA3), coordinar las obligaciones intracomunitarias (DEB/DES/EMEBI) y prepararte para el e-invoicing.
En VAT Green Tax te acompañamos en todo el ciclo asociado al IVA francés: registro TVA, representación fiscal o mandataire, declaraciones CA3, DES y EMEBI, preparación para e-invoicing (PDP), recuperación de IVA y auditoría de cumplimiento.
¿Tienes dudas? Contacta con nuestros expertos en fiscalidad internacional y asegura tu operativa en Francia.
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