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El Real Decreto 1055/2022, de 27 de diciembre, sobre envases y residuos de envases, establece una serie de obligaciones y plazos que los productores deben cumplir para garantizar una gestión adecuada de los envases en España. A continuación, se detallan los aspectos más relevantes a tener en cuenta:

Inscripción en el Registro de Productores de Producto (Sección Envases). Número ENV.

Según el artículo 15 del Real Decreto, los productores de producto o sus representantes autorizados deben inscribirse en la sección de envases del Registro de Productores de Productos. Esta inscripción debe realizarse en un plazo de tres meses desde la entrada en vigor del Real Decreto de envases, es decir, antes del 29 de marzo de 2023.

Se entiende como productor de producto el envasador de los productos puestos en el mercado nacional. Conviene matizar que, en ocasiones, aunque la entidad sea únicamente una comercializadora o distribuidora de los bienes en España, pueda que tenga la consideración de productor de producto. Por lo que tendrá que financiera el sistema de gestión de los envases.

Por ello, conviene revisar la tipología de las operaciones realizadas de cara a determinar cómo afecta esta regulación. Será importante revisar los tipos de envases puestos en el mercado para un correcto análisis de las implicaciones. Quizás te interese hablar con nosotros sobre este asunto.

Adhesión a un sistema de Responsabilidad Ampliada del Productor (SCRAP/RAP)

Una vez analizada la operativa de la compañía sería necesario la adhesión a un sistema de Responsabilidad Ampliada del Productor, de tal forma que la financiación de la gestión de los envases puestos en el mercado se lleve a cabo a través de ellos.

Existen distintos SCRAP autorizados por el MITESCO. Sin embargo, dependiendo de la tipología de los envases puestos en el mercado (domésticos, comerciales o industriales), el Sistema que deberá escoger la compañía será distinto.

Declaración anual de envases

Los productores deben suministrar anualmente información sobre los envases que ponen en el mercado nacional. Para los envases introducidos en el mercado durante el año 2024, el plazo de reporte es desde el 1 de enero hasta el 31 de marzo de 2025.

Durante el mes de febrero, será necesario, además, presentar una declaración frente al sistema de Responsabilidad ampliada del productor del producto escogido por la empresa.

Otras obligaciones del Real Decreto de envases. Facturación.

Además, del registro como Productor de Producto, la adhesión a un Sistema de Responsabilidad ampliada del productor y la presentación de declaraciones anuales de Envases, las compañías deberán cumplir al menos con las siguientes obligaciones:

  • Obligaciones de facturación: será necesario indicar el número de Productor de Producto otorgado por el MITESCO (número ENV) en todas las facturas identificando al responsable del envase. Además, las facturas deberán incluir la contribución realizada al SCRAP. Esto es, el coste soportado por la empresa por la gestión de los envases.
  • Obligación de etiquetado: en determinado tiplogía de envases será necesario indicar, entre otros aspectos, el contenedor donde deberá depositarse el envase.
  • Implementación de medidas para reducción de envases al superarse ciertos umbrales.

Consideraciones adicionales

  • Definición de Envase: El Real Decreto define «envase» como cualquier producto fabricado con materiales de cualquier naturaleza que se utilice para contener, proteger, manipular, distribuir y presentar mercancías, desde materias primas hasta artículos acabados, en cualquier fase de la cadena de fabricación, distribución y consumo. miteco.gob.es
  • Nota Interpretativa sobre la Definición de Productor de Producto: Se ha publicado una nota interpretativa para aclarar ciertos aspectos relacionados con la definición de «Productor de Producto» según el artículo 2.t) del Real Decreto. miteco.gob.es.
  • No confundir Real Decreto de Envases con el Impuesto sobre Envases de Plástico No Reutilizables.
  • Descubre más información relativa al Real Decreto de Envases en esta entrada.

Es fundamental que las empresas y productores afectados por esta normativa se familiaricen con sus obligaciones y plazos para garantizar el cumplimiento y evitar posibles sanciones. Para más información y detalles específicos, se recomienda contactar con un experto. Quizás te conviene hablar con nosotros y revisamos esta normativa y el Impuesto sobre Envases de Plástico No Reutilizables.